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Comenzó a regir la Ley de "Alcohol Cero" en Santiago del Estero

Rige desde este viernes Ley de Alcohol Cero en todas las rutas de Santiago del Estero.

El miércoles pasado, la misma había sido promulgada por el Poder Ejecutivo, incorporándose al Código de Faltas y ayer se publicó el decreto correspondiente.

Ahora, todas las rutas de Santiago del Estero tendrán tolerancia cero al alcohol al volante, y se convierte en la segunda provincia que adhiere a la nueva legislación que impulsó el organismo del Ministerio de Transporte, luego de Formosa.

SANCIONES

La Ley de Alcohol Cero prevé duras sanciones para los infractores, que van desde lo económico hasta la quita de la licencia de conducir por un máximo de dos años.

La Legislatura aprobó el despacho de la Comisión Mixta de Legislación General y Asuntos Constitucionales por el proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo. Eso permitió la "Modificación al artículo 72° Código de Faltas de Tránsito de la Provincia (Ley N° 7.166).

El artículo 72 quedó redactado de la siguiente manera: "Alcoholemia. Queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a 0,0 miligramos por litro de sangre; el conductor que infrinja lo dispuesto será sancionado con multa de 300 UF a 1000 UF -unidades fijas que toman como referencia el precio del combustible-, más inhabilitación accesoria para conducir entre 15 días a 2 años".

"En igual sentido -continúa el articulado-, la misma prohibición y las sanciones dispuestas precedentemente se aplicarán a los conductores de motovehículos, ciclomotores o cuatriciclos autorizados para ser librados al tránsito público, y a los conductores de vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores y de carga. En estos casos no resulta aplicable el beneficio de pago voluntario previsto en el presente Código".

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