Jueves, 23 de abril
Santiago Ciudad

La Municipalidad recordó que está permitida la poda en veredas con autorización

La ordenanza referida a esta cuestion establece el concepto de poda como la remoción racional y parcial de tallos o ramas y raíces del arbolado, con el propósito de conducir el crecimiento de un árbol.

Cuando se trate de árboles de vereda, está prohibida a la población en general las podas totales anuales, continuas y rutinarias. Estas podas son la principal causa del acortamiento de la vida útil de un árbol. Los cortes mal ejecutados, o realizados con herramientas inapropiadas, generalmente permiten el ingreso de bacterias y virus que terminan por enfermar a la planta.

Los vecinos en general, o empresas públicas o privadas que tengan que ejecutar podas por diversos motivos, deberán solicitar autorización al organismo de aplicación que es la Subdirección de Arbolado Urbano, justificando su pedido.

De esta manera, a través de los técnicos del municipio, se autorizará según el caso la ejecución de la poda conveniente, ya sea por parte del vecino o por parte del personal especializado de la repartición.

También se comunica que inspectores del municipio realizan actas de infracción en distintos barrios las que son remitidas a la Justicia de Faltas para que determine las sanciones económicas a quienes provocan daños al arbolado urbano.

Por consultas, llamar al teléfono de Parques y Paseos 6025544, o llegar personalmente a las oficinas de 9 de Julio y Olaechea en el Parque Aguirre, donde recibirán asesoramiento.

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