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El ORSNA fijó en 9 dólares por pasajero la tarifa de uso de aeroestación para vuelos de cabotaje en los 35 aeropuertos concesionados a Aeropuertos Argentina. La medida también modifica el esquema de descuentos en las tasas de aterrizaje internacional y alcanza a las terminales de Santiago del Estero y Termas de Río Hondo.

ARGENTINA.— Los pasajeros que viajen en vuelos de cabotaje deberán afrontar una tarifa de uso de aeroestación (TUA) fijada en 9 dólares por persona en los 35 aeropuertos concesionados a Aeropuertos Argentina. El nuevo esquema fue aprobado por el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) mediante la Resolución 69/2026, firmada el 8 de octubre.

La disposición establece que el nuevo cuadro tarifario comenzará a ser exigible a los 60 días corridos de su publicación en el Boletín Oficial. Hasta ahora, la tarifa para vuelos nacionales estaba expresada en pesos y sujeta a las actualizaciones que dispusieran las autoridades.

La modificación también comprende las tasas de aterrizaje y estacionamiento de aeronaves, cuyos valores internacionales incorporan una reducción del 30% que anteriormente dependía de un acuerdo entre el ORSNA, la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) y Aeropuertos Argentina.

Cuánto costará la tasa aeroportuaria para viajar en avión

Con la nueva disposición, la tarifa de uso de aeroestación para vuelos nacionales tendrá un valor uniforme de USD 9 por pasajero embarcado, independientemente de la categoría del aeropuerto dentro del grupo alcanzado.

La última actualización general de la tarifa en pesos había establecido un valor de $5.685 para los aeropuertos de Categoría I, en octubre de 2024.

Según los fundamentos de la resolución, la expresión de la tarifa en dólares busca preservar la estabilidad de su valor y evitar actualizaciones nominales recurrentes en un contexto de inflación y cambios de precios.

El documento también aclara que la TUA constituye una tarifa por el uso de las instalaciones concesionadas y no un tributo en sentido estricto.

Qué pasa con los vuelos internacionales

Para los servicios internacionales, los valores de la tasa de uso de aeroestación se mantienen diferenciados según la categoría del aeropuerto.

El cuadro tarifario establece los siguientes importes:

  • Categoría I: USD 57 por pasajero.
  • Categoría II: USD 43,97 por pasajero.
  • Categorías III y IV: USD 39,66 por pasajero.
  • Vuelos regionales de hasta 1.000 kilómetros: USD 25,16 por pasajero.

La normativa mantiene las exenciones para los pasajeros en tránsito, los diplomáticos y los menores comprendidos en los límites de edad previstos: menores de tres años en vuelos de cabotaje y menores de dos años en servicios internacionales.

Santiago del Estero y Termas de Río Hondo, dentro del nuevo esquema

La actualización alcanza a los aeropuertos de Santiago del Estero y Termas de Río Hondo, incluidos en el Grupo A de terminales concesionadas a Aeropuertos Argentina.

De esta manera, la tarifa de uso de aeroestación para los pasajeros de vuelos nacionales que salgan de estas terminales quedará fijada en USD 9 cuando entre en vigencia el nuevo cuadro tarifario.

El cambio se incorpora al esquema regulatorio que comprende a 35 aeropuertos del país, entre ellos los de Aeroparque, Ezeiza, Córdoba, Mendoza, Tucumán, Salta, Jujuy, Bariloche y Puerto Iguazú.

Las tasas de aterrizaje internacional incorporan el descuento del 30%

Otro de los cambios centrales está relacionado con las tasas que pagan las aerolíneas por el aterrizaje y el estacionamiento de sus aeronaves en operaciones internacionales.

Hasta ahora, la reducción del 30% funcionaba como una bonificación vinculada a un acuerdo entre el ORSNA, IATA y Aeropuertos Argentina, que exigía a las compañías cumplir con sus obligaciones de pago.

Con el nuevo cuadro, el descuento queda incorporado directamente en los valores tarifarios, por lo que deja de depender de ese convenio específico.

Para los aviones de más de 12 toneladas, la tasa de aterrizaje internacional en aeropuertos de Categoría I se establece entre USD 3,23 y USD 5,03 por tonelada de peso máximo de despegue, según el rango de peso de la aeronave.

Además, el esquema contempla una sobretasa del 50% para los aterrizajes en el Aeroparque Jorge Newbery durante dos franjas horarias: de 6 a 10 y de 18.30 a 21.30. El recargo se aplica tanto a vuelos nacionales como internacionales.

La medida está vinculada con la extensión de la concesión aeroportuaria

La Resolución 69/2026 implementa el Acta Acuerdo de Readecuación Contractual firmada entre el ORSNA y Aeropuertos Argentina el 1 de septiembre.

El acuerdo extiende la concesión de los 35 aeropuertos del Grupo A hasta 2049, con la posibilidad de prolongarla hasta 2056 si la empresa acredita, antes del 30 de junio de 2027, el financiamiento de inversiones adicionales por USD 600 millones.

Las futuras modificaciones tarifarias se regirán por los mecanismos de revisión ordinaria y extraordinaria previstos en el acuerdo, con excepción de los ajustes establecidos expresamente entre el Estado y la concesionaria.

La entrada en vigencia del nuevo cuadro tarifario marcará así un cambio en la forma de calcular la tarifa aeroportuaria de cabotaje y en el esquema aplicable a determinados servicios aeronáuticos internacionales.

Autor: admin