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SANTIAGO DEL ESTERO.– La Asociación de Defensores y Defensoras del Pueblo de la República Argentina (ADPRA) manifestó su rechazo y profunda preocupación institucional ante la reciente medida del Gobierno nacional que suprime el régimen de compensaciones económicas a las empresas de transporte automotor de larga y media distancia. Dicho subsidio financiaba los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad, trasplantados y menores bajo tratamiento oncológico.

La medida quedó oficializada a través de la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial. Desde la entidad que nuclea a los ombudsman de todo el país —entre cuyos firmantes se encuentra el defensor del pueblo de Santiago del Estero, Dr. Daniel Escobar Correa—, advirtieron que la eliminación del incentivo económico expone a los beneficiarios a un "vaciamiento operativo" de sus derechos.

El argumento de la "libertad tarifaria"

La normativa nacional fundamenta la quita del subsidio en el Decreto N° 883/2024, el cual estableció la desregulación y libertad tarifaria para el sector del transporte interjurisdictcional. El argumento oficial sostiene que, bajo este nuevo esquema, las empresas privadas tienen la capacidad económica suficiente para absorber el costo de estos pasajes gratuitos.

Si bien la resolución encomienda a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) velar por el cumplimiento de la gratuidad, ADPRA advirtió que no se crearon herramientas simultáneas de control.

“El argumento de que la libertad tarifaria habilita a las empresas a absorber el costo de los pasajes gratuitos no constituye, por sí solo, garantía alguna de que lo harán”, señalaron desde la asociación a través de un documento oficial.

Consecuencias en la práctica médica y social

Los defensores del pueblo recalcaron que la falta de incentivos económicos e instrumentos de sanción eficaces puede derivar en la restricción encubierta de cupos, trabas burocráticas para las reservas, rechazo de solicitudes o la reducción de frecuencias en las rutas menos rentables. Esta situación afecta directamente a los pacientes del interior que dependen del transporte de larga distancia para acceder a centros de alta complejidad y tratamientos médicos esenciales.

A nivel legal, el documento subraya que la resolución vulnera el artículo 75 inciso 23 de la Constitución Nacional y tratados internacionales con jerarquía constitucional, como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Además, recordaron que la medida podría ser tachada de "regresiva", dado que desfinancia un derecho social consagrado sin proponer una alternativa equivalente.

Las exigencias de ADPRA al Estado Nacional

Ante este escenario de incertidumbre, la entidad que conduce María Rosa Muiños formuló una serie de demandas concretas al Poder Ejecutivo:

  • Auditoría inmediata: Que la CNRT implemente un sistema público de trazabilidad y seguimiento para controlar el nivel de cumplimiento de cada empresa y corredor.
  • Endurecimiento de penas: Reforzar el régimen sancionatorio para evitar que la falta de otorgamiento de pasajes quede impune.
  • Canales alternativos: Preservar cupos adecuados y habilitar vías de reserva presenciales o telefónicas para quienes no cuentan con conectividad digital.
  • Plazo de respuesta: Exigir un informe detallado en un plazo máximo de 30 días sobre las medidas materiales que se adoptarán para garantizar que el beneficio no se reduzca.
Autor: admin